Recibo de sueldo 2026: el nuevo modelo del Decreto 407/2026 (qué cambió y cómo se hace)
Desde el 1 de junio de 2026 el recibo de sueldo argentino cambió de fondo. El Decreto 407/2026 reglamentó el nuevo artículo 140 de la Ley de Contrato de Trabajo y obliga a que cada liquidación muestre, además del bruto y el neto de siempre, cuánto le cuesta realmente ese puesto al empleador: contribuciones patronales desglosadas y un gráfico de torta con la composición del costo laboral total.
Si liquidás sueldos o sos empleador, esto te toca ya. Acá tenés qué dice la norma, las cuatro secciones que pasaron a ser obligatorias y qué hacer con los plazos.
Qué es el Decreto 407/2026
Es el decreto del Poder Ejecutivo (DECTO-2026-407-APN-PTE) publicado en el Boletín Oficial el 1 de junio de 2026. Reglamenta la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802 y, en concreto, modifica el artículo 140 de la LCT, que es el que define qué información debe contener todo recibo de haberes.
El cambio de eje es claro. Hasta ahora el recibo giraba alrededor del sueldo bruto y del neto de bolsillo. Con el nuevo modelo, el documento se convierte en una radiografía del costo laboral: tiene que exponer también lo que la empresa aporta por encima del sueldo (seguridad social, ART, seguros, aportes a sindicatos y cámaras según el convenio). El objetivo declarado de la norma es la transparencia: que el trabajador vea, en números y en un gráfico, cómo se reparte cada peso que invierte el empleador.
El diseño concreto del nuevo recibo está en el Anexo III del decreto.
Las 4 secciones obligatorias del nuevo recibo
Según el Anexo III, el recibo se organiza en cuatro bloques bien delimitados. El orden importa: la gran novedad va arriba, antes del sueldo bruto.
1. Identificación
La información de siempre: datos del empleador y del trabajador (CUIT, CUIL, categoría, fecha de ingreso, período liquidado, etc.). Nada nuevo acá.
2. Costo total del empleador (la novedad)
Es el bloque que antes no existía y que ahora va antes del sueldo bruto. El empleador tiene que desagregar, de forma obligatoria, todas sus contribuciones patronales y cargas: aportes al SIPA, obra social, ART, asignaciones familiares y seguros obligatorios o convencionales, indicando la base de cálculo y la alícuota aplicada en cada caso. Es lo que históricamente quedaba "invisible" en el recibo.
3. Liquidación salarial
El esquema habitual: conceptos remunerativos y no remunerativos, deducciones del trabajador (jubilación, obra social, sindicato, ganancias si corresponde) y el sueldo neto final a cobrar. Esta parte se mantiene como la conocés.
4. Resumen y gráfico de costo laboral
El recibo cierra con un cuadro resumen de la composición del costo laboral y un gráfico de torta obligatorio que ilustra, en porcentajes, cómo se reparte el total invertido por la empresa.
| Bloque | Qué contiene | ¿Es novedad? |
|---|---|---|
| 1. Identificación | Datos de empleador y trabajador | No |
| 2. Costo total del empleador | Contribuciones patronales desglosadas (base + alícuota) | Sí |
| 3. Liquidación salarial | Remunerativos, no remunerativos, deducciones, neto | No (esquema clásico) |
| 4. Resumen y gráfico | Cuadro resumen + gráfico de torta del costo laboral | Sí |
Las contribuciones del empleador y el gráfico de costo laboral
Acá está el corazón de la reforma. El gráfico de torta tiene que mostrar de forma visual cómo se distribuye el dinero total que invierte la empresa entre estos componentes:
- El sueldo neto que efectivamente recibe el empleado.
- Los aportes al SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino).
- La cobertura de obra social y PAMI.
- Los costos de ART y seguros de vida.
- Los aportes sindicales y a cámaras empresariales, según el convenio colectivo aplicable.
La idea es que de un vistazo se vea que el "costo laboral" es mucho más que el neto de bolsillo. Para vos, que liquidás, el desafío real no es estético: es de remapeo de datos. Hay que asociar cada concepto histórico de tu sistema a los nuevos rubros globales que alimentan el gráfico, y exponer porcentajes y montos que antes no aparecían en ningún lado.
Importante sobre los números: las alícuotas de contribuciones patronales, los topes y las escalas salariales cambian por convenio y por período. No te guíes por números de memoria. Tomá siempre la escala vigente de tu convenio y los porcentajes de seguridad social del período que estás liquidando.
Plazos: qué entró en vigencia y qué confusión circuló
Hubo ruido con los plazos, así que vale aclararlo bien.
- El Decreto 407/2026 entró en vigencia el 1 de junio de 2026, día de su publicación en el Boletín Oficial. No fijó una prórroga formal para emitir los recibos.
- Circuló un plazo de 120 días y muchos lo leyeron como un período de gracia para los empleadores. En rigor, ese plazo está dirigido a que ARCA y el IERIC adecuen sus sistemas internos de intercambio de información, no a los empleadores.
Ahora bien, una cosa es la vigencia normativa y otra la viabilidad operativa. En la práctica, emitir el nuevo recibo (con sus sumatorias y el gráfico) depende de que tu software de liquidación esté actualizado. Los principales proveedores ya están sacando actualizaciones, y varios consejos y gremios lanzaron modelos base en Excel para empezar a trabajar mientras tanto. La recomendación sensata: adecuate cuanto antes, no esperes a un "plazo" que para el empleador no existe formalmente.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo rige el nuevo recibo de sueldo? Desde el 1 de junio de 2026, fecha de publicación del Decreto 407/2026 en el Boletín Oficial. La norma no estableció prórroga formal para los empleadores.
¿El plazo de 120 días me da tiempo para adaptar mis recibos? No como plazo legal para el empleador. Esos 120 días son para que ARCA y el IERIC adapten sus sistemas internos. La obligación de emitir el nuevo formato rige desde la vigencia del decreto; lo que en la práctica condiciona la fecha es que tu software ya lo soporte.
¿Qué es lo nuevo respecto del recibo anterior? Dos cosas: un bloque que desglosa las contribuciones del empleador (SIPA, obra social, ART, seguros, asignaciones, aportes sindicales/cámaras) antes del sueldo bruto, y un gráfico de torta obligatorio con la composición del costo laboral total.
¿Tengo que incluir el gráfico de torta sí o sí? Sí. El Anexo III lo exige como parte del modelo: un cuadro resumen y un gráfico visual que muestre, en porcentajes, cómo se reparte el costo laboral entre neto, seguridad social, obra social, ART/seguros y aportes gremiales.
¿De dónde saco las alícuotas y escalas correctas? De la escala vigente de tu convenio colectivo y de los porcentajes de seguridad social del período liquidado. No uses valores genéricos: cambian por actividad, convenio y fecha. Ante la duda, verificá la escala vigente antes de emitir.
Cómo armar el recibo sin pelearte con el Excel
El cambio se entiende rápido; el lío es operativo: remapear conceptos, sumar las contribuciones patronales en los rubros correctos y generar el gráfico de torta sin romper la liquidación.
La planilla Liquidación de Sueldos 2026 de Vitaly Products ya viene armada con el recibo del Decreto 407/2026 (incluye el bloque de costo del empleador y el gráfico de costo laboral), calculadoras por convenio y export al Libro de Sueldos Digital de ARCA —el archivo lo subís vos con tu clave fiscal, nosotros no transmitimos nada por tu cuenta—. Es pago único, con soporte por WhatsApp al +54 2323512325 si necesitás una mano para dejarlo andando.
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Esta guía es informativa y se basa en el Decreto 407/2026 publicado el 1/6/2026. Las alícuotas y escalas salariales varían por convenio y período: verificá siempre la normativa y la escala vigente al liquidar.